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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó durante la jornada de ayer el recurso de protección presentado por el músico de Inti Illimani Jorge Coulon en contra de la decisión de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD), que lo sancionó con una censura por escrito.
La medida hace alusión a una censura que la SCD interpuso contra Coulon por no respetar un acuerdo referido a no interpretar canciones compuestas por Horacio Salinas, José Seves (ambos ex Inti Illimani, hoy Inti Illimani Histórico) y Patricio Manns.
El fallo, que fue reproducido en la web del Poder Judicial, dice: “En fallo unánime (causa rol 93197-2016), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Leopoldo Llanos, Elsa Barrientos y la abogada (i) Claudia Chaimovich– rechazó la acción cautelar presentada por el artista en contra de la medida que sancionó por no respetar acuerdo de no interpretar composiciones de Horacio Salinas, José Seves y Patricio Manns, en el marco de disputa sobre el uso de la marca comercial Inti Illimani“.
En definitiva, el fallo del tribunal de alzada descartó una supuesta infracción a la ley en el actuar de la Comisión de Disciplina de la SCD, que a su vez interpuso la censura.
El documento del fallo señala que Coulón recibió vía correo electrónico “una nota escrita por el abogado de don Horacio Salinas Álvarez, quien perteneció al grupo Inti Illimani hasta el año 2001 cuando renunció voluntariamente al grupo y con quien mantienen una disputa respecto al uso de la marca comercial Inti Illimani. En dicha nota, se le informaba la prohibición para él o cualquier integrante del grupo, de interpretar cualquiera de las obras musicales que fueran de autoría de don Horacio Salinas, don José Seves y don Patricio Manns“.
Luego, el documento narra: “Posteriormente, recibió junto a su hermano una invitación de la Comisión de Disciplina de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, de la que es asociado, para conversar acerca de un reclamo presentado en contra suya y de sus compañeros de grupo por una supuesta vulneración a la prohibición antes señalada, hecho que habría ocurrido el 22 de septiembre del año 2014 en el Parque Inés de Suárez en la comuna de Providencia. Refiere haber acudido a dicha entrevista, en la cual se le informó de la prohibición sin tener más noticias al respecto y sin que ninguno de los miembros del conjunto fuera citado a declarar“.
Según lo que indica Inti Illimani Histórico sobre el origen de este fallo "La marca Inti Illimani pertenece legalmente a seis personas. Jorge Coulon en medio del arbitraje y subrepticiamente inscribió a su nombre la marca en EEUU y Europa.
Con el propósito de impedir y obstaculizar el trabajo de nuestro Inti Illimani Histórico, J. Coulon mantiene una demanda económica en Londres contra nosotros.Se basa en este robo o apropiación indebida de la marca para decir que solo él es Inti Illimani. Según Coulon nosotros no somos Inti Illimani (¡).Sin embargo seguía cantando los temas de nuestra creación. ¿Cómo se entiende esto?: TE ATACO EN TU DERECHO A TRABAJAR Y TOCO TUS CANCIONES (?¡) Lo mínimo es prohibirle que toque nuestras creaciones.Pato Manns se sumó a esta medida teniendo muy claro lo sucedido.Exigimos la honestidad que la historia de este grupo merece.
QUE JORGE COULON LEVANTE LA DEMANDA DE LONDRES Y RESPETE NUESTO DERECHO A MOSTRAR NUESTRO ARTE.
Inti Illimani Historico."
El alma de Inti Illimani, definitivamente esta en el INTI HISTÓRICO.
ResponderBorrarJorge Coulon eres como el perro del hortelano.